· PARA APRENDER · · TEBY y TIB · · PARA PADRES · · EL CLUB ·

RECOMENDADO

OPCIONES A ELEGIR

  • Adivinanzas

  • Buenas Maneras

  • Canciones Populares

  • Cocinero, cocinero ...

  • Concursos y Sorteos

  • Consolas y Tecnología

  • Cuentos y Fabulas

  • Curiosidades

  • Dibujos para colorear

  • Frases ingeniosas

  • Humor y Chistes

  • Juegos de Exterior

  • Juegos de Interior

  • Manualidades

  • Pasatiempos

  • Poesía Infantil

  • Quien dijo ...

  • Trabalenguas



  • INFORMACION

  • Derechos del niño

  • Escríbenos

  • Noticias Interesantes

  • Publicidad

  • Quienes Somos

  • ¿Quieres Colaborar?


  • Kiva - loans that change lives

    SERVICIOS

  • Correo Gratis

  • Tablón Anuncios


  •  

    Portada::Menú Información::Derechos del niño

    Página: < 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19  >

       Convención sobre los derechos de los niños. (16)
         
      

    Si un miembro del Comité fallece o dimite o declara que por cualquier otra causa no puede seguir desempeñando sus funciones en el Comité, el Estado Parte que propuso a ese miembro designará entre sus propios nacionales a otro experto para ejercer el mandato hasta su término, a reserva de la aprobación del Comité.

    8. El Comité adoptará su propio reglamento.

    9. El Comité elegirá su Mesa por un período de dos años.

    10. Las reuniones del Comité se celebrarán normalmente en la Sede de las Naciones Unidas o en cualquier otro lugar conveniente que determine el Comité. El Comité se reunirá normalmente todos los años. La duración de las reuniones del Comité será determinada y revisada, si procediera, por una reunión de los Estados Partes en la presente Convención, a reserva de la aprobación de la Asamblea General.

    11. El Secretario General de las Naciones Unidas proporcionará el personal y los servicios necesarios para el desempeño eficaz de las funciones del Comité establecido en virtud de la presente Convención.

    12. Previa aprobación de la Asamblea General, los miembros del Comité establecido en virtud de la presente Convención recibirán emolumentos con cargo a los fondos de las Naciones Unidas, según las condiciones que la Asamblea pueda establecer.

    Artículo 44
    Los Estados Partes se comprometen a presentar al Comité, por conducto del Secretario General de las Naciones Unidas, informes sobre las medidas que hayan adoptado para dar efecto a los derechos reconocidos en la Convención y sobre el progreso que hayan realizado en cuanto al goce de esos derechos:

    a) En el plazo de dos años a partir de la fecha en la que para cada Estado Parte haya entrado en vigor la presente Convención;

    b) En lo sucesivo, cada cinco años.

    2. Los informes preparados en virtud del presente artículo deberán indicar las circunstancias y dificultades, si las hubiere, que afecten al grado de cumplimiento de las obligaciones derivadas de la presente Convención. Deberán asimismo, contener información suficiente para que el Comité tenga cabal comprensión de la aplicación de la Convención en el país de que se trate.

    3. Los Estados Partes que hayan presentado un informe inicial completo al Comité no necesitan repetir, en sucesivos informes presentados de conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del párrafo 1 del presente artículo, la información básica presentada anteriormente.

    4. El Comité podrá pedir a los Estados Partes más información relativa a la aplicación de la Convención.

    5. El Comité presentará cada dos años a la Asamblea General de las Naciones Unidas, por conducto del Consejo Económico y Social, informes sobre sus actividades.

    6. Los Estados Partes darán a sus informes una amplia difusión entre el público de sus países respectivos.

    Artículo 45
    Con objeto de fomentar la aplicación efectiva de la Convención y de estimular la cooperación internacional en la esfera regulada por la Convención:

    a) Los organismos especializados, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia y demás órganos de las Naciones Unidas tendrán derecho a estar representados en el examen de la aplicación de aquellas disposiciones de la presente Convención comprendidas en el ámbito de su mandato.

      

    Página: < 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19  >



    Derechos del niño

    Temas relacionados:

     

    BUSCADOR

    Buscar en el Portal.

    Búsqueda personalizada


    ÚLTIMOS TEMAS

    how to take

    ...

    ... más información

    El Gato y la Rata.

    Se forman en ...

    ... más información

    En el aula.

    Érase una vez ...

    ... más información

    El niño en la playa y el Sr. Roche

    Corriendo por toda ...

    ... más información


    · Protocolo y Etiqueta

    · Buenos Modales

    · Saber Estar

    · Urbanidad

    · Netiqueta

    · Cronis

    · Cronis Social

    · Saber Estar

    · Barrio Húmedo

    · Burgo Nuevo

    · Filandón

    ·

    · Terra Galega

    · Teby y Tib

    ·

    ·

    · Urbanidad

    · Buenas Maneras

    · CCA

    · Corra La Voz