· PARA APRENDER · · TEBY y TIB · · PARA PADRES · · EL CLUB ·

RECOMENDADO

OPCIONES A ELEGIR

  • Adivinanzas

  • Buenas Maneras

  • Canciones Populares

  • Cocinero, cocinero ...

  • Concursos y Sorteos

  • Consolas y Tecnología

  • Cuentos y Fabulas

  • Curiosidades

  • Dibujos para colorear

  • Frases ingeniosas

  • Humor y Chistes

  • Juegos de Exterior

  • Juegos de Interior

  • Manualidades

  • Pasatiempos

  • Poesía Infantil

  • Quien dijo ...

  • Trabalenguas



  • INFORMACION

  • Derechos del niño

  • Escríbenos

  • Noticias Interesantes

  • Publicidad

  • Quienes Somos

  • ¿Quieres Colaborar?


  • Kiva - loans that change lives

    SERVICIOS

  • Correo Gratis

  • Tablón Anuncios


  •  

    Portada::Menú Información::Derechos del niño

    Página: < 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19  >

       Convención sobre los derechos de los niños. (14)
         
      

    Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para promover el establecimiento de leyes, procedimientos, autoridades e instituciones específicos para los niños de quienes se alegue que han infringido las leyes penales o a quienes se acuse o declare culpables de haber infringido esas leyes, y en particular:

    a) El establecimiento de una edad mínima antes de la cual se presumirá que los niños no tienen capacidad para infringir las leyes penales;

    b) Siempre que sea apropiado y deseable, la adopción de medidas para tratar a esos niños sin recurrir a procedimientos judiciales, en el entendimiento de que se respetarán plenamente los derechos humanos y las garantías legales.

    4. Se dispondrá de diversas medidas, tales como el cuidado, las órdenes de orientación y supervisión, el asesoramiento, la libertad vigilada, la colocación en hogares de guarda, los programas de enseñanza y formación profesional, así como otras posibilidades alternativas a la internación en instituciones, para asegurar que los niños sean tratados de manera apropiada para su bienestar y que guarde proporción tanto con sus circunstancias como con la infracción.

    Artículo 41
    Nada de lo dispuesto en la presente Convención afectará a las disposiciones que sean más conducentes a la realización de los derechos del niño y que puedan estar recogidas en:

    a) El derecho de un Estado Parte; o

    b) El derecho internacional vigente con respecto a dicho Estado.

    PARTE II

    Artículo 42
    Los Estados Partes se comprometen a dar a conocer ampliamente los principios y disposiciones de la Convención por medios eficaces y apropiados, tanto a los adultos como a los niños.

    Artículo 43
    1.

      

    Página: < 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19  >



    Derechos del niño

    Temas relacionados:

     

    BUSCADOR

    Buscar en el Portal.

    Búsqueda personalizada


    ÚLTIMOS TEMAS

    how to take

    ...

    ... más información

    El Gato y la Rata.

    Se forman en ...

    ... más información

    En el aula.

    Érase una vez ...

    ... más información

    El niño en la playa y el Sr. Roche

    Corriendo por toda ...

    ... más información


    · Protocolo y Etiqueta

    · Buenos Modales

    · Saber Estar

    · Urbanidad

    · Netiqueta

    · Cronis

    · Cronis Social

    · Saber Estar

    · Barrio Húmedo

    · Burgo Nuevo

    · Filandón

    ·

    · Terra Galega

    · Teby y Tib

    ·

    ·

    · Urbanidad

    · Buenas Maneras

    · CCA

    · Corra La Voz